Beques AIReF
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a Universidades y otros Centros Académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal.
Quién puede realizar el trámite
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las universidades con sede en el territorio nacional, así como los centros educativos que impartan estudios oficiales de postgrado.
Departamento responsable de la tramitación
División Jurídico-Institucional
Órgano proponente
Comisión de valoración
Órgano competente para resolver
Presidencia
Plazo de resolución
6 meses
Silencio administrativo
Desestimatorio (art. 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)
Recursos
- Recurso de Reposición: art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Recurso Contencioso Administrativo: Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Información adicional
Los requisitos para ser beneficiario o lo referido a la documentación requerida podrán variar de acuerdo con la convocatoria concreta.
- Modelo oficial de solicitud de subvenciones de la AIReF.
- Certificación del Rector, Director o Representante legal de los méritos objeto de valoración.
- Declaración responsable de no estar incurso en las causas previstas art.13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
- Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
- Bases Reguladoras y convocatoria.
Tramitación electrónica (con certificado electrónico):
Pulsando el botón «Tramitar ahora» al pie de esta página, rellenando el formulario y adjuntando los documentos solicitados.
Para realizar esta operación deberá disponer de un DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
En caso de que el trámite requiera enviar documentos adicionales, deberá escanearlos y guardarlos en su ordenador. Al realizar la tramitación electrónica podrá adjuntar esa documentación y enviarla.