Solicitud de Acceso a Información Pública
Código SIA 3016725
Los ciudadanos pueden hacer efectivo su derecho a acceder a la información pública en poder de la AIReF, según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, entendiendo como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Quién puede realizar el trámite
Personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado.
Departamento responsable de la tramitación
División Jurídico-Institucional
Órgano competente para resolver
Presidencia, habiendo delegado la firma de las resoluciones de su competencia en el ámbito de la Ley 19/2013, en el titular de la División Jurídico-Institucional, por Resolución de 11 de julio de 2016.
Plazo de resolución
1 mes ampliable a 2 meses en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante (art. 20 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno).
Silencio administrativo
Desestimatorio (art. 20.4 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno).
Recursos
- Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (art. 24.1 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno).
- Recurso Contencioso Administrativo: Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En función de la solicitud.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
- Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Tramitación electrónica (con certificado electrónico):
Pulsando el botón «Tramitar ahora» al pie de esta página, rellenando el formulario y adjuntando los documentos solicitados.
Para realizar esta operación deberá disponer de un DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
En caso de que el trámite requiera enviar documentos adicionales, deberá escanearlos y guardarlos en su ordenador. Al realizar la tramitación electrónica podrá adjuntar esa documentación y enviarla.