Kontratazioari buruzko baliabide berezia
Kodea SIA 216016
Impugnación de las decisiones del órgano de contratación o de la mesa de contratación de la AIReF en los casos previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, de manera directa o indirecta, por las decisiones objeto del recurso.
Departamento responsable de la tramitación
División Jurídico-Institucional
Órgano competente para resolver
Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
Plazo de interposición
15 días hábiles (art. 50 Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público, debiendo atenderse al acto recurrido para el inicio del cómputo de dicho plazo).
Plazo de resolución
2 meses
Silencio administrativo
Desestimatorio (art. 57.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).
Recursos
- Recurso Contencioso Administrativo: Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- En su caso, la acreditativa de la representación que ostente.
- Documento que acredite legitimación del actor cuando la ostente por transmisión.
- Copia del acto expreso recurrido o número de expediente publicado en el boletín oficial o perfil del contratante en que se haya publicado.
- Documentos en los que se funde su derecho.
- Dirección de correo electrónico habilitada para las notificaciones y comunicaciones practicadas según la D.A. 15ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
- Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Tramitación electrónica (con certificado electrónico):
Pulsando el botón «Tramitar ahora» al pie de esta página, rellenando el formulario y adjuntando los documentos solicitados.
Para realizar esta operación deberá disponer de un DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.
En caso de que el trámite requiera enviar documentos adicionales, deberá escanearlos y guardarlos en su ordenador. Al realizar la tramitación electrónica podrá adjuntar esa documentación y enviarla.